La ITE y el IEE son dos figuras que a menudo se confunden, porque persiguen un objetivo parecido —evaluar el estado del edificio— pero no son exactamente lo mismo, y qué se exige depende del municipio.
ITE: Inspección Técnica de Edificios
Es la figura tradicional, regulada a nivel autonómico y municipal. Evalúa fundamentalmente el estado de conservación del edificio: estructura, fachadas, cubiertas e instalaciones comunes. El resultado es un dictamen de "favorable" o "desfavorable", con un plazo para subsanar las deficiencias detectadas si las hay.
IEE: Informe de Evaluación de Edificios
El IEE amplía el alcance de la ITE tradicional, añadiendo dos apartados adicionales:
- Accesibilidad: si el edificio cumple las condiciones básicas de accesibilidad universal.
- Eficiencia energética: incorpora una evaluación energética del edificio.
El IEE nació con la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, para dar una visión más completa del edificio de cara a políticas de rehabilitación.
¿Cuál pide tu ayuntamiento?
Aquí está la clave práctica: cada ayuntamiento decide si exige la ITE clásica o el IEE completo, y a partir de qué antigüedad del edificio. En Granada capital y en buena parte de los municipios de la provincia, conviene revisar la ordenanza municipal vigente, porque los plazos y el modelo exigido varían de un municipio a otro.
¿Qué pasa si no se pasa a tiempo?
No pasar la inspección dentro de plazo puede conllevar sanciones, y además dificulta la venta del inmueble, ya que muchos compradores y entidades financieras piden el certificado de la inspección en regla.
Si no sabes si tu edificio ya tiene que haber pasado la inspección, o qué modelo le corresponde según tu municipio, puedo revisarlo y tramitarlo.